Medicamento falsificado

Disposición 5842/2025

LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL

DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°- Prohíbese el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de cualquier dosis, presentación y lote que se identifique como “Ozempíc® Semaglutida Tablets USP, Fabricado por Pharma Argentina SA”, por los argumentos vertidos en el Considerando.

ARTÍCULO 2°.- Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales, al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, y a quienes corresponda. Comuníquese a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud y a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Cumplido, dése a la Coordinación de sumarios a sus efectos.

 

 

Está aquí: Inicio Colegio Novedades Medicamento falsificado

Nuestra Sede

Los Partidos de Nuestro Distrito

  • 25 de Mayo
  • 9 de Julio
  • Alberti
  • Ameghino
  • Bragado
  • Carlos Casares
  • Carlos Tejedor
  • Daireux
  • Gral. Pinto
  • Gral. Viamonte
  • Gral. Villegas
  • Hipolito Yrigoyen
  • Lincoln
  • Pehuajó
  • Pellegrini
  • Rivadavia
  • Saliqueló
  • Trenque Lauquen
  • Tres Lomas

 

Mapa del Distrito